Tema: Listas de peritos arquitectos
XI Jornadas CGPJ CSCAE.
Lugar de celebración: Cartagena
5, 6 y 7 de octubre 2017.
Viernes 6 de octubre
12,00 Listas de peritos arquitectos a disposición de juzgados y tribunales.
Especialidades del perito arquitecto. Formación y experiencias del perito arquitecto. La propuesta UAPFE
- Presenta y modera: Isabel Sáiz de Arce Amigo, Arquitecta, vicepresidenta de la UAPFE
- Miguel Angel Larrosa, Magistrado. Magistrado. Presidente de la Audiencia Provincial de Murcia.
Mateo Silos Ribas. Subdirector de Análisis Económico. Departamento de Promoción de la. Competencia.
Pere González Nebreda, Arquitecto DALF, presidente de la UAPFE
13,30 Coloquio y debate
REFLEXIONES ALREDEDOR DEL TEMA
Las listas de peritos arquitectos a disposición de Juzgados y Tribunales.
Un tema recurrente y una reivindicación de todos los operadores: disponer de listas de arquitectos peritos, especializados en la materia que se dirime, con formación y experiencia contrastada.
El art.341 de la LEC establece que son los Colegios profesionales los que deben facilitar las listas de peritos,
- ¿Por qué continúan obrando en algunos juzgados y tribunales listas de asociaciones, algunas de ellas con manifiesto ánimo de lucro?
- ¿No debería limitarse ese uso a las profesiones no colegiadas?
- ¿Qué se puede hacer para evitarlo?
Los colegios, para construir las listas a disposición de los juzgados y tribunales para la designación judicial de peritos,
- ¿deben establecer unos requisitos que consideren la especialización, formación y experiencia de los arquitectos peritos?
- ¿0 por el contrario, pueden incluir a todos los arquitectos que lo soliciten sin considerar requisito alguno?
Para la confección de las listas de peritos a disposición de juzgados y tribunales por los colegios:
- ¿es razonable que se utilicen unos criterios objetivos, no discriminatorios y homogéneos para todo el territorio nacional?
Los peritos propuestos por las partes actúan en régimen de competencia en el mercado. Sus honorarios son libres y compiten en calidad, profesionalidad, y también en precio. Un perito designado por el Juez no está actuando en régimen de competencia en el mercado. Sus honorarios son libres y no compite con nadie en precio.
- ¿Por qué las interpretaciones de las normas de la competencia no distinguen esas dos situaciones tan diferentes?
En algunos casos el perito designado por el Juez, a través de una lista general, abierta y no cualificada o especializada, no tiene los conocimientos ni la experiencia necesaria para dictaminar en el litigio.
- ¿Cómo evitar esas situaciones?
En ocasiones el perito designado por el Juez, exige unos honorarios que las partes no pueden asumir, en algunos casos injustificados y desproporcionados.
- ¿Cómo evitarlo?
En esos dos supuestos el riesgo para las partes a perder el derecho a una prueba pericial objetiva puede quedar en entredicho.
- ¿Qué se puede hacer en esos casos?
- ¿Quién debe hacer qué?
Programa sujeto a cambios. La organización se reserva el derecho a modificar las ponencias y los ponentes.